viernes, 25 de noviembre de 2022

ASI ES LO DEL “SOLO SI ES SI”.

 


ASI   ES   LO  DEL  “SOLO  SI  ES  SI”.

En una sociedad machista como en la que vivimos, que se cree un Ministerio de Igualdad sienta mal a los que se niegan así mismos que ser machista tiene sus ventajas.

Que además dicho ministerio lo lleve alguien de Unidas Podemos les saca de quicio.

Y que encima esa Ministra, Irene Montero, haya luchado por aumentar el número de delitos que se perpetran contra las mujeres de cualquier edad, unido a que haya conseguido que reparemos en la existencia de la minoría trans (transexuales), ha generado un odio salvaje contra ella por parte de nuestros talibanes patrios.

En consecuencia, cuando al aplicar la nueva ley conocida como la del “Solo si es si”, algunos jueces han aceptado la revisión de condenas, rebajándolas, porque dicen que los reos pueden acogerse retroactivamente a la ley que más les beneficie, esos sectores machistas lo están celebrando por todo lo alto (incluso haciéndose pasar como los verdaderos defensores de las mujeres, ellos que no querían esta ley).

Pues bien, puestos en situación, vamos a tratar de aclarar qué es lo que ha pasado con eso de la pena mínima, la máxima, etc.

Usemos una parábola. Supongamos que insultar sea un delito. Como en todo delito éste puede ser más bestia o menos bestia. Entonces, aún cometiéndose el mismo delito las penas pueden variar según las circunstancias.

En nuestro ejemplo supongamos que llamar a uno “Hijo de puta” suponga 10 años de cárcel, que llamarle “Cabrón” sean 9 años, y que llamarle “Cerdo” sean 8.

Así las cosas tendríamos que el Delito del Insulto existe, y es castigado con una pena máxima de 10 años y una mínima de 8.

Supongamos ahora que la sociedad (el parlamento donde están sus representantes) decide ampliar el Delito de Insultos, y añade al existente lo siguiente: Que llamar “Gilipoyas” a alguien sean 6 años de cárcel, que llamarle “Imbécil” sean 5, y que llamarle “Memo” sean 4.

Hecho esto tenemos que: Primero existe el Delito de Insultos. Y segundo, que su pena máxima son 10 años y la mínima 4.

Pues bien, al aparecer, algunos abogados han dicho al juez: “Mire mi cliente fue condenado a la pena mínima de insultos cuando ésta era de 8 años, y como ahora es de 4, se acoge a la elección de la mejor pena para él, o sea sólo le pueden condenar a 4 años”.

Y algunos jueces, presuntamente, han dado por bueno ese razonamiento que es equivocado. Equivocado y erróneo porque lo dice el sentido común y la Fiscalía General del Estado.

Que ese criterio es injusto se aprecia porque nadie es condenado a la pena mínima; por lo que es condenado un reo es por el acto delictivo que cometió, que si fue llamar “Cerdo” al prójimo supone una pena de 8 años la llamaran Mínima o no.

Entonces, ante la nueva ley, cuya pena mínima son 4 años, como el reo llamó Cerdo a otro, le siguen correspondiendo 8 años, no lo que diga la nueva pena mínima y si lo que diga la ley respecto  a su acto delictivo.

Todo esto a la espera de que se pronuncie el Tribunal Supremo, a lo que deberían esperar los jueces, que para otras cosas son tan lentos, bien es verdad que porque son pocos (En España sólo hay 2.500 fiscales y 5.000 jueces).

Resumiendo, la Ley del “Sólo si es si”, es buena y necesaria, y  traerá beneficios para la sociedad. Cosa que en gran parte deberemos a Irene Montero a la que se pretende romper como persona en venganza.

Paco Molina. Zamora 25 de Noviembre del 2022

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