PREAVISOS A GO-GO
En esta provincia CC.OO lleva presentados más de 300 preavisos, y suma y sigue.
Se trata de las elecciones sindicales.
Los preavisos, como su simpático sonido anuncia, significan que a la empresa X se le indica que el día tal de tantos, se va a celebrar en ella la elección de delegados (de representantes de los trabajadores).
La Ley de Elecciones Sindicales, que la hizo el Gobierno y ya se utilizó en 1986, cuando los anteriores comicios, pone un tope mínimo de días para realizar un anuncio (preaviso) de «prepárate que tal día son tus elecciones».
Ello es lógico, porque si no una central podría llegar a las diez de la mañana y convocar y celebrar la votación a la hora del bocadillo.
Sin embargo, esa misma normativa, no impide «preavisar» con todo el tiempo del mundo, y eso es lo que ha hecho CC.00. en Zamora, que ha avisado con mucho tiempo por delante de «dónde y en qué día habrá pugna sindical».
La Ley es bastante pocha, y ya en aquel año de su estreno, varios sindicatos (entre ellos los «preavisadores» de éste) la denunciaron por excesivamente ambigua.
Pero a UGT le encantaba y como entonces aún era la señora del PSOE, el método fue a misa y la central consorte ganó las elecciones merced a los buenos resultados en la pequeña empresa.
En aquella ocasión nadie preavisó con tanto tiempo, sino que se aplicó, por parte de los luego vencedores, la técnica del «hombre del maletín», que resumida venía a ser casi un «aquí te pillo aquí te mato».
Hay que tener en cuenta que empresas con menos de 50 trabajadores hay muchísimas y entonces si un sindicato llega a un lugar donde tiene a alguien a quien presentar, y convoca con el plazo mínimo posible, es fácil que los otro sindicatos no den a vasto al tener que “tirar a blanco móvil” mientras el que marcó el día lo hace a «blanco fijo».
Con el «preaviso», por aquí ya hay centenares de centros de trabajo donde se sabe cuándo se celebrarán las elecciones y por tanto, todos los demás grupos pueden, con tiempo, preparar su competición.
Al margen o en paralelo con las elecciones, existe lo que se llama «el período de cómputo», es decir, el conjunto de días que van a valer para contabilizar delegados electos, siendo el mayor número de éstos (salidos sólo en esos días) el que dé la central sindical ganadora del país.
Ese período fetén (los delegados que salgan elegidos en otras fechas no cuentan para la clasificación final) lo fija el Gobierno (o algo así) y comentó que lo definiría como los tres últimos meses del año-90.
CC.00. puso las elecciones desde el 1 de Octubre hasta el 15 de Diciembre.
¿Pero si todo es tan normal, por qué ese rasgarse las vestiduras de algún otro sindicato?
Pues porque, primero, aunque ellos podían hacer lo mismo no lo han hecho y han perdido por ello imagen de potentes.
Porque CC.00. al confeccionar el calendario es de suponer que lo adaptó a sus propias fuerzas y podrá cumplirlo mejor (aunque no del todo).
Porque así nadie podrá sacar elecciones fuera del periodo de cómputo, y por último, y eso es lo que mosquea a UGT, porque si CC.00. hubiera puesto en los primeros días, convocatorias en empresas donde puede ganar, se podría desatar un «efecto-arrollan», en el sentido de que cunda la noticia de que están arrasando y les voten aún más.
Emocionante.
¿Qué dirán los Tribunales? ¿Dejará de ser un refrán aquél de «el que preavisa no es traidor>?
Francisco Molina Martínez. Publicado en El Norte de Castilla el 20 de Agosto de 1990
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